La remuneración de los agentes que trabajan por cuenta de bancos y empresas de inversión en los mercados de capitales es 100% variable “generalmente”, según una revisión realizada por la CNMV sobre los procedimientos de control establecidos por las entidades sobre la actividad de esta figura tanto en la fase de contratación, como durante el desarrollo de su actividad, así como sobre su formación y remuneración. En relación con el punto citado de las retribuciones, el supervisor considera que las entidades “deben gestionar adecuadamente los evidentes conflictos de interés que se derivan de esta situación con el fin de conseguir que los agentes actúen de manera honesta, imparcial y profesional, de conformidad con el mejor interés de los clientes.”
En todo caso, indica el supervisor, “deberá adoptarse un esquema de remuneración que se ajuste al principio de neutralidad, de manera que no favorezca unos productos frente a otros de la misma tipología, que no incluya aceleradores, y que incorpore de forma significativa criterios cualitativos y no solo cuantitativos que favorezcan el cumplimiento de las normas de conducta.”
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